Deudas hasta 30.000 euros. En este proceso sólo sería necesario la intervención de Abogado y Procurador en dos supuestos:
a) Que el Deudor se oponga a la demanda. En cuyo caso se acudirá a un Proceso Declarativo:
Ordinario si el importe reclamado es superior a 3.000 euros.
Verbal cuando el importe no exceda de 3.000 euros. A partir de 900 euros. si sería necesaria la presentación de Procurador.
b) Que el Deudor no conteste a la petición de Juicio Monitorio, en cuyo caso tendríamos que acudir a un embargo que sí requiere de la intervención de Abogado y Procurador.