Via Procesal para la Reclamación de Impagados.

-Proceso Monitorio.
-Juicio ordinario.
-Juicio cambiario.
-Asesoría jurídica.


JUICIO VERBAL

Es una de las dos modalidades de Juicio Declarativo que existe.

No se puede utilizar cuando el importe de la deuda es superior a 3.000 euros.

Si el importe a reclamar no excede de 901,52 euros, no será necesaria la intervención de un Abogado y Procurador, pero, evidentemente, tendrá que acudir al juzgado un Representante de la entidad demandante.

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